Ley del Clima, hoja de ruta para la descarbonización
© Juan Carlos del Olmo / WWF España
Mar Asunción Higueras Responsable del Programa de Clima y Energía @marasuncionwwf
La Ley de Cambio Climático y Transición Energética recientemente aprobada debe ser la hoja de ruta para que las inversiones procedentes de los Fondos de Recuperación europeos se dirijan a la transición desde los combustibles fósiles hacia las energías renovables, y a apoyar las actividades que generen un impacto positivo en la sociedad y el medio ambiente.
Es un paso importante, aunque no suficiente, ya que el objetivo de reducción de emisiones del 23 % para 2030 respecto a 1990 no cumple los criterios científicos, que plantean la necesidad de una reducción del 7,6 % anual, lo que supondría para España un objetivo de reducción de emisiones entorno al 55 % respecto a 1990. La ambición del objetivo ha sido el gran caballo de batalla en la tramitación de la ley y, aunque solo se aumentó ligeramente, conseguimos que se incluya su revisión a partir de 2023.
Como puntos positivos de la ley destaca la prohibición de nuevas autorizaciones de exploración y explotación de hidrocarburos y de minerales radiactivos, que lanza un claro mensaje para poner fin a las nuevas explotaciones fósiles y nucleares. Además establece zonas de sensibilidad y exclusión para garantizar que el desarrollo de las energías renovables no impacte negativamente en la biodiversidad, así como designa Zonas de Bajas Emisiones en municipios mayores de 50 000 habitantes. También son importantes los artículos dirigidos al sector financiero, que tendrán que publicar objetivos de descarbonización alineados con el Acuerdo de París, y la inclusión de criterios de reducción de la huella de carbono en los pliegos de contratación pública. También hay una disposición sobre desinversión en productos energéticos de origen fósil por parte de la Administración General del Estado.
Como puntos negativos, además de la insuficiente ambición, destacamos el artículo referente a las ayudas a productos energéticos de origen fósil y que la condición que se establece para la aplicación de dichos beneficios fiscales sea tan genérica como “estar debidamente justificada por motivos de interés social, económico o la inexistencia de alternativas tecnológicas”. También nos preocupa el fomento de gases renovables (biogás, biometano e hidrógeno) en el transporte, inyectándose en las redes de gas natural, ya que consideramos que puede suponer la permanencia de este combustible fósil en la matriz energética y, por tanto, retrasar la descarbonización. Además, abre la puerta a la utilización de estos combustibles alternativos para todo tipo de transporte, cuando deberían quedar relegados a aquellos como el aéreo o el transporte pesado, donde la electrificación no es viable en la actualidad.